DECISIÓN
En fuerza de los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la pretensión de REIVINDICACIÓN, incoada por la URBANIZADORA YURUBI C, A, en contra del ciudadano: JOSE FELIX RIVAS HERRERA, supra identificados. SEGUNDO: SIN LUGAR la tercería propuesta por el demandado de auto. TERCERO: SIN LUGAR la reconvención propuestas por el demandado.
En consecuencia, el demandado deberá seguir ocupando el inmueble identificado en la parte narrativa de esta sentencia, en calidad de poseedor.
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en Costas a la parte demandante.
De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 251 del código de procedimiento civil se ordena notificar de las parte.....