DISPOSITIVA
En base a las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este TRIBUNAL SEGUNDO EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO YARACUY, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, emite el siguiente pronunciamiento:
UNICO: DECLARA CON LUGAR la solicitud de la Defensa Pública, en consecuencia, se ACUERDA LA AMPLIACIÓN DE LAS PRESENTACIONES IMPUESTAS, a cada TREINTA (30) días, a partir de la fecha de publicación de esta decisión, a los imputados FRANCISCO JERRY RAMÍREZ RAMOS, venezolano, de 19 años de edad, soltero, profesión Obrero , madre Ana Isabel Ramos y padre Francisco Ramos , titular de la cedula de identidad N°16.951.527 y residenciado en Barrio 24 de Marzo de la Parroquia San Javier, calle principal, casa N° 16, Estado Yaracuy y FRANCISCO ARGENIS MARTINEZ MARTINEZ, venezolano, de 24 años de edad, soltero, profesión Albañil, padres: Lucia Martínez y Plácido Martínez, titular de la .....