DECRETA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO suficientes, para asegurar el derecho de propiedad, a favor de la ciudadana SUAREZ SUAREZ MARIA SILVERIA, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho y titular de la cédula de identidad N° V-12.138.760, asistida la solicitante, antes mencionada e identificada, por el abogado OJEDA MENDEZ AMILKAR ANTONIO, inscrito en el Inpreabogado con el N° 130.262, sobre las bienhechurías descritas en la solicitud, construidas sobre un área de terreno propiedad municipal, que mide doscientos cuatro metros cuadrados con cero seis centímetros cuadrados (204,06 Mts2) y un área de construcción de setenta y cinco metros cuadrados con noventa y un centímetros cuadrados (75,91 Mts2), ubicado en sector Brisas de Yurubí, calle 01, entre transversal 01 y 04, municipio San Felipe, estado Yaracuy, las referidas bienhechurías están constituidas por una (1) vivienda con la siguientes características: paredes de bloques de concreto, con columnas, sin frisar, con.....