Establecido lo anterior, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA
PRIMERO: SIN LUGAR LA OPOSICION interpuesta por el ELIESER DE JESUS GUDIÑO IGLESIAS, venezolano, mayor de edad, con cédula de Identidad N° 13.984.982, con domicilio en el Parcelamiento Urbanístico "Villas de la Rioja", situado en la Avenida las Américas de la Urbanización Bella Vista, frente a la Urbanización el Ciepito, calle 3, Casa N° 2-10, del Municipio San Felipe, Estado Yaracuy, debidamente asistido del abogado HUMBERTO JOSE BRITO BRITO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-2.673.261, e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 5.180.
SEGUNDO: NIEGA LA ADMISIÓN de la TERCERIA, interpuesta por el ciudadano ELIESER DE JESUS GUDIÑO IGLESIAS, debidamente asistido del abogado HUMBERTO JOSE B.....