actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO sobre unas bienhechurías construidas sobre un área de terreno propiedad del INTI, que mide Once metros de frente por Veintinueve metros de fondo (11x29mts2), ubicado en el Asentamiento Campesino La Palma del Ceibal Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, consistentes en una (1) cerca de estantillos de madera, y una construcción de paredes de bloques, cuyos linderos son los siguientes: Norte: Calle principal, Sur: Las Mieles, Este: Bienhechurías de Erasmo Escalona y Oeste: Bienhechurías de Pastora Duran. A favor de la ciudadana IRIS JOSEFINA ORDOÑEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-47.557.469, y con domicilio en Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia cer.....