este Tribunal actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y conforme a la Resolución Nº 2.009-0006 de fecha 18 de Marzo del 2.009 de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor de la ciudadana: NORAIMA DE LA CRUZ BELLO CARDENAS, titular de la cédula de identidad N° V-11.651.355, sobre unas bienhechurías en un lote de terreno propiedad Municipal, que según Mensura Catastral, expedida en fecha: 16 de Julio de 2013, por la Dirección de Catastro y Tierra, de la Alcaldía Bolivariana del Municipio José Antonio Páez del Estado Yaracuy, dicho terreno está signado con el Código Catastral actual N°: 22-22-00-U01-003-004-020-001-001-000, con un área de terreno de CUARENTA METROS CUADRADOS CON VEINTISIETE CENTIMETROS CUADRADOS (40,27 Mts2);