este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con lo establecido en el artículo 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS suficiente, para asegurar el derecho que le corresponde a los ciudadanos: YELITZA COROMOTO PARRA COLMENAREZ, JOAISNEL KARELIS BUSTILLOS VENEGAS, PABLO RAFAEL BUSTILLOS COLMENAREZ Y MARCOS ANTONIO BUSTILLOS COLMENARE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad números V-7.578.469, V-13.096.418, V-16.592.411 y V-16.594.843