Por las consideraciones anteriormente explanadas, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, SE DECLARA INCOMPETENTE PARA CONOCER DE LA PRESENTE DEMANDA DE NULIDAD DE TITULO SUPLETORIO, incoada por la ciudadana YELITZA CAROLINA MATOS SÁNCHEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 17.254.067, por corresponder la competencia al Juzgado de Protección al Niño, Niña y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en San Felipe a los 26 días del mes de j.....