DECRETA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO suficientes, para asegurar el derecho de propiedad, a favor de la ciudadana GARCÍA PÉREZ RUDEYBI AURIMAR, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho y titular de la cédula de identidad N° 19.355.460, asistida del abogado ROJAS RIVERO CHARLES JOSÉ, inscrito en el Inpreabogado con el N°217.471; sobre las bienhechurías, construidas sobre un área de terreno del Instituto Nacional de Tierras (INTI), que mide ciento treinta y nueve metros cuadrados con doce centímetros cuadrados (139,12 Mts2); con un área de construcción que mide ochenta y cuatro metros cuadrados con noventa y cuatro centímetros cuadrados (86,13 Mts2), ubicado en la calle 02, sector El Paují I, parroquia San Javier, Jurisdicción del municipio San Felipe, estado Yaracuy, consistentes de un inmueble (casa), con las siguientes características: paredes de bloques de cemento frisadas, piso de cemento pulido, techo de acerolit, dos (02) puertas de hierro y una (01) de madera, tr.....