Por las razones expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Régimen Procesal Transitorio de Protección de Niños, Niñas y de Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy,, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de DIVORCIO 185-A del Código Civil, presentada por los ciudadanos CRUZ EDGAR HERNANDEZ HIGUERA y SONIA COROMOTO ALVARADO GONZALEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédula de identidad N° 7.385.233 y 9.545.316 respectivamente, domiciliados en la población de Yaritagua, municipio Peña del estado Yaracuy, debidamente asistidos por el abogado WALTER JESUS AGUIAR, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 74.379. En consecuencia, con respecto al niño identidad omitida según articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño Niña y Adolescentes, este Tribunal establece: PRIMERO: La Patria Potestad y la Responsabilid.....