DECLARA:
PRIMERO:CON LUGAR LA DEMANDA DE RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA DE DOCUMENTO PRIVADO, suscrita y presentada por la ciudadanaCASTILLO DIAZ NELMA NEISMAR, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho y titular de la cédula de identidad N° 16.643.773, domiciliada en la vereda N° 07, casa N° 03, urbanización Las Acequias, sector 02, municipio Cocorote del estado Yaracuy, asistida por el abogado en ejercicio LUCENA GUTIÉRREZ JOSÉ LUÍS,inscrito en el Inpreabogado con el N° 247.077, contra laVÁSQUEZ YENDI MARIA DE LOURDES, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho y titular de la cédula de identidad N° 5.551.611, domiciliada en San Juan de los Urigancho, República del Perú, todo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, en consecuencia,
SEGUNDO: Téngase de conformidad con lo preceptuado en los artículos 444 y 450 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo previsto en los artículos 1.363 y 1.364 del Código Civil, LEGALME.....