Este Tribunal de Control N° 2 "ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY Decreta el Sobreseimiento de la causa seguida a la ciudadana MARÍA YOLIMAR SEQUERA VASQUEZ, venezolana, natural de San Felipe, Estado Yaracuy, de 26 años de edad, de ocupación oficios del hogar, de estado civil soltera, nombre de la madre: María Vásquez y nombre del padre: Jorge Luís Sequera, fecha de nacimiento 27/04/80, titular de la cédula de identidad N° V-16.482.173 y residenciada en Calle 9, Vereda 34, casa N° 5, Sector Las Acequias, Cocorote, detrás de los Módulos, Estado Yaracuy, por la comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el Artículo 218 del Código Penal, de conformidad al Artículo 44 del Código Orgánico Procesal Penal y en consecuencia Declara la Extinción de la acción penal, de conformidad con el Artículos 48 ordinal 7° de la misma norma procesal, ambas vigentes al momento de realizarse la Audiencia Prelimi.....