DISPOSITIVA
Con fundamento en los anteriores razonamientos, este Tribunal Unipersonal de Juicio N° 2 del Circuito Judicial Penal de Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONDENA a los ciudadanos VICTOR JOSE GUEVARA MENDOZA, venezolano, natural de Chivacoa, Estado Yaracuy, nacido en fecha 21-02-1980, de 28 años de edad, soltero, de profesión u oficio Obrero, titular de la Cédula de Identidad N° 24.797.958, residenciado en la Avenida 05, Casa N° 41, de color ladrillo con rejas color marrones, Urbanización San Antonio, Chivacoa, Municipio Bruzual, Estado Yaracuy y PEDRO LEIWER LOPEZ COLINA, venezolano, natural de Chivacoa, nacido en fecha 19-10-1973 de 36 años de edad, soltero, de profesión u oficio Obrero, titular de la cedula de identidad N° 11.648.708, residenciado en Avenida 05, Casa N° 09, de color ladrillo con rejas negras, Urbanización San Antonio, Chivacoa, Municipio Bruzual, Estado Yaracuy, a cum.....