DECLARA:
PRIMERO:CON LUGAR LA DEMANDADE DIVORCIO 185-A, incoada por la ciudadanaROMERO PERAZA JUANA VICTORIA, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho y titular de la cédula de identidad Nº V-14.607.721, con domicilio procesal ubicado en la calle 12, con avenida 6ta. y 7ma., planta baja, local 13, sector Caja de Agua, municipio San Felipe, estado Yaracuy, asistida por el abogado GALLARDO VITERY ANGEL RAMÓNNEPTALI, inscrito en el Inpreabogado con el Nº 118.301, contra el ciudadanoARIAS TRUJILLO EDWARD ANDRÉS, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho y titular de la cédula de identidad N° V-12.077.538, domiciliado en la avenida Ravell, entre Yaracuy y calle La Mosca, quinta Egdeli A-26, municipio Independencia, estado Yaracuy; en consecuencia, se DECRETA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído entre los ciudadanos ROMERO PERAZA JUANA VICTORIA y ARIAS TRUJILLO EDWARD ANDRÉS, ya identificados up supra, en fecha dieciocho (18) de diciembre de dos mil doce (2012), ante el Registr.....