1) Notificar a la Fiscal Novena del Ministerio Público de esta entidad federal, del ingreso de la presente causa seguida contra el joven IDENTIDAD OMITIDA.
2) Nombrar la Defensa que habrá de encargarse del proceso en la fase de ejecución aludida, para lo cual se notificará lo pertinente a la Coordinadora de la Unidad de Defensa Pública de este Estado, a los fines de la asignación del profesional del Derecho que corresponda, atendiendo a lo preceptuado en el artículo 544 eiusdem.
3) Designar al Equipo Técnico de esta misma Sección, para que conjuntamente con este Despacho Ejecutor, se encargue de la supervisión, asistencia y orientación de la sanción impuesta a IDENTIDAD OMITIDA, toda vez que en la sentencia definitivamente a ejecutar, se le ordenó la medida de LIBERTAD ASISTIDA, conforme al artículo 626 del citado cuerpo legal especial, que comporta someterse a la vigilancia, supervisión y orientación del Equipo Multidisciplinario, como ente capacitado a tales fines, la cual .....