Declara: PRIMERO: IMPROCEDENTE IN LIMINE LITIS la Acción de Amparo Constitucional incoada por el profesional del derecho Abogado ENIO JESUS ZERPA BOISSIERE, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número V-8.513.515, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 49.979, en su condición de apoderado judicial del ciudadano SILVIO DA ROCHA FRESCO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número V-13.713.787, contra el Abogado RAFAEL ALFREDO PUERTAS MOGOLLÓN, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número V-7.581.953, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 49.393, actuando en su condición de apoderado judicial de los ciudadanos PETRA ACOSTA DE PINTO, CARLOS JOSÉ PINTO ACOSTA Y SOL EDUVIGIS PINTO ACOSTA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad números V-817.983, V-3.709.141 y V-4.479.430, respectivamente, en su condición de coherederos de la Sucesión de Carlos J. Pinto Dom.....