DECISION
Después de revisadas las actuaciones y elementos que conforman a la presente causa considera quien juzga, se cumplen los requisitos de Ley, en consecuencia, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: conceder AUTORIZACION JUDICIAL a la ciudadana ALEJANDRA CAROLINA CABRERA LUGO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 17.156.690, residenciada en la Urb. La Hermita Nueva, calle 1, sector 2, casa Nro 28, Municipio Cocorote estado Yaracuy, a favor del niño, asistido por el abogado OMAR REVEROL, DEFENSOR PUBLICO AUXILIAR CUARTO SEGUNDA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, para que proceda al COBRO DE BENEFICIO, relacionados con su trabajo como trabajador independiente, dejados por el .....