DECISIÓN
Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Primero De Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLINA LA COMPETENCIA para conocer y decidir la presente acción de Amparo Constitucional interpuesta por el Abogado ROMUALDO RAFAEL VARGAS PACHECO, Inpreabogado Nº 43.632, en su condición de apoderado judicial de los presuntos agraviados cuya identificación se desprende de seis (06) poderes autenticados por ante la Oficina de Registro Publico con Funciones Notariales del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha 27 de octubre de 2008, bajo los Nros. 01, 46, 96, 97, 98 y 99, tomos 15, 15, 14, 14, 15, 14, respectivamente, contra la Empresa contra la REFINADORA DE MAIZ VENEZOLANA C.A (REMAVENCA), Promasa, del grupo Polar C.A, Juzgado de primera Instancia Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Y.....