ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR LA AUTORIDAD DE LA LEY, de manera UNANIME, CONDENA al ciudadano LIEBANO ISAAC OROPOEZA PINO, venezolano, mayor de edad, natural de San Felipe, de 23 años de edad, nacido en fecha 22-10-1983, titular de la cedula de identidad N° 18.548.032, residenciado en Sector Cantarrana, Avenida 01 entre Calles 2 y 3, Casa S/N, Municipio San Felipe, Estado Yaracuy, a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS DE PRESIDIO, como autor del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL en grado de COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, previsto y sancionado en el Artículo 407 en concordancia con el Artículo 426 ambos del Código Penal vigente para el momento de los hechos, más las penas accesorias establecidas en el Artículo 13 del Código Penal, pena que finalizará aproximadamente el día 30 de octubre del 2012 y así se decide.