DISPOSITIVO
Quedando plenamente probada la participación del ciudadano EDGAR ALEXANDER GUEVARA en el delito de ABUSO SEXUAL A ADOLESCENTE, previsto y sancionado en el artículo 260 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y Adolescente, con sus circunstancias agravante previstas en el artículo 77 de la norma sustantiva penal, en los numerales 8, es decir abusar de la superioridad y del sexo; 11, ejecutarlo con arma y 12 ejecutarlo de noche, circunstancias estas debidamente probadas durante el debate oral y reservado este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio Nro. 3, constituido como Tribunal Unipersonal, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley: condena al ciudadano EDGAR ALEXANDER GUEVARA, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de Identidad No. 16.319.028, de 24 años de edad, de profesión u oficio de Agente de Seguridad de Instalaciones, adscrito al Instituto Autónomo de Policía del Estado Yaracuy, residenciado en el.....