PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por cobro de diferencia de prestaciones sociales fue incoada por los ciudadanos Nervi Lugo, Richard Orellana, Eris Espinoza, Yonthan Urresta, José Montilla, Jhonny Henriquez, Gilberto León, José López, José Gil, Deivis González, Douglas Álvarez, Raudy Prado, Daniel Segura, Víctor Aguilar, Rubín Martínez, Dixson Peña, Juan Vargas, Wilkendry Arteagas y Yohan León, contra la Cooperativa Franjhon R.L., representada por su presidente Jhon Franklin Ochoa Cordoba, y solidariamente empresa Construcciones Diseños y Mantenimientos, C.A. (Condimaca), identificados ut supra.
SEGUNDO: En consecuencia, se condena a la Cooperativa Franjhon R.L, representada por su presidente Jhon Franklin Ochoa Cordoba, y solidariamente empresa Construcciones Diseños y Mantenimientos, C.A. (Condimaca), pagar a los actores, la cantidad de ciento treinta y cuatro mil trescientos treinta y siete bolívares con 15 céntimos (134.337,15 Bs.)