tal como lo señala el principio contenido en el Articulo 15 ejusdem; REVOCA por contrario imperio el auto de fecha 17 de Febrero de 2011, cursante a los folios 628 y 629, de acuerdo con lo previsto en los artículos 310 ejusdem, dejando sin efecto la compulsa, despacho ordenados, asi como el oficio N° 70; en consecuencia, recibido el presente expediente por distribución, este Tribunal se aboca al conocimiento de la presente causa.
En tal virtud, se ordena librar boleta de notificación del demandado, ciudadano ANTONIO JOSÉ PINEDA RODRÍGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 7.553.768 y empresa mercantil FERRE ELECTRONICA CHIVACOA ANTONIO PINEDA, en la persona de su Gerente General y/o sus Apoderados judiciales, Abogados Yris Anzola, Ramón Enrique Marín, Carlos Beltrán Barrios y Humberto Brito Brito, asi mismo, se acuerda la notificación conforme a lo ordenado por la Sala de Casacion Civil del Tribunal Supremo de Justicia del ALCALDE DEL MUNICIPIO AUTONOMO.....