En mérito de lo antes expuesto, es por lo que esta Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara CON LUGAR, la presente solicitud de Autorización de viaje al Exterior, en consecuencia se OTORGA AUTORIZACIÓN PARA VIAJAR AL EXTERIOR, para que al niño IDENTIDAD OMITIDA, nacido el día 04 de noviembre de 2017, de un (01) año de edad, con pasaporte signado con el Nº 156332961, fecha de emisión 21/05/2019, fecha de vencimiento 20/05/2024, para que viajen con su progenitora la ciudadana WILMARY ISAMAR MARCHENA PULIDO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº 20.464.586, signado con el Nº 126809363, fecha de emisión 13/11/2015, fecha de vencimiento 12/11/2020, a la Ciudad de Ciudad de Medellín, Colombia, específicamente El Carmen de Viboral, carrera 30, .....