Visto que se cumplieron los requisitos de procedencia de la presente solicitud, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara Con Lugar la presente solicitud de AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA TRAMITE DE PASAPORTE y CEDULA DE IDENTIDAD, a petición del Ciudadano YINGJIE MO, de nacionalidad chino, mayor edad, titular de la cedula de identidad Nº E.- 81.957.054, en su carácter de padre del niño IDENTIDAD OMITIDA, nacido El día 20 de octubre de 2010, de nueve (09) años de edad, asistido por la abogada Ingrid Pérez, venezolana, titular de la Cedula de Identidad Nº 7.581.521 e inscrita en el IPSA bajo el Nº 34.863, en consecuencia queda facultada la ciudadana SUZHEN CHEN DE MO, de nacionalidad china, mayor edad, titular de la cedula de identidad Nº E.- 82.24.....