Por cuanto se evidencia que se encuentran cumplidos los extremos de Ley, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA COMO UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del de cujus EDUARDO JESUS COA PADILLA, quien en vida era venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº 4.972.338, quien falleció en fecha 18 de noviembre de 2021, a los ciudadanos EDITH JOSEFINA BASTIDAS DE COA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 5.460.276, en su carácter de cónyuge, los ciudadanos EDITH ROSMARY COA BASTIDAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 13.618.541 y ANGEL EDUARDO COA BASTIDAS, venezolano, mayor de edad, tit.....