´DECLARA:
PRIMERO:CONLUGAR LA DEMANDADE DIVORCIO 185-A, efectuada por el ciudadanoROJAS FIGUEROA RICHARD JOSÉ, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho y titular de la cédula de identidad Nº 11.904369, domiciliado en el conjunto residencial San Jacinto, casa N° 98, municipio Cocorote, estado Yaracuy, debidamente asistido por la abogadaGARCÍA ILARRAZA NIGDALIA YAQUELIN, inscrita en el Inpreabogado con el N° 308.086, contra la ciudadanaGIL ISENA SHIRLY DEL VALLE, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho y titular de la cédula de identidad N° 13.167.346, domiciliada en la urbanización San José, calle6, casa N° 65, municipio Independencia, estado Yaracuy; en consecuencia, se DECRETA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído entre los ciudadanosROJAS FIGUEROA RICHARD JOSÉ y GIL ISENA SHIRLY DEL VALLE,ya identificados, en fechaveintisiete (27) de diciembre de mil novecientos noventa y seis (1996), por ante el Registro Civil y Electoral Lechería, del Estado Anzoátegui, tal como se evi.....