este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, COCOROTE, INDEPENDENCIA Y VEROES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, IMPARTE SU APROBACION Y HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN efectuada por la parte demandada, DISARPECA C.A. representada por la ciudadana MARÍA ELENA BARRETO BERNOTT, venezolana, titular de la cédula de identidad N° 7.514.058, asistida de la Abogada Sasha Isabel de Jesús Pereira López, Inpreabogado N° 170.959, y la parte demandante, Abogado JOSÉ LUIS OJEDA, inscrito en el Inpreabogado con el N° 95.594, Endosatario en procuración del ciudadano Renato Rafael Penso Romano, titular de la cédula de identidad N° 7.795.869, conforme lo establece el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil; en consecuencia se procede como en Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada. Este Tribunal, levantará la medida de embargo decretada, una vez quede firme la presente decisi.....