este Tribunal administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA, a la ciudadana MARIA YNES ARELLANO BARRERA, titular de la cédula de identidad N° 13.313.493, los niños identidad omitida, el adolescente identidad omitida, titular de la cédula de identidad N° 20.891.938, los ciudadanos MARIA ALEJANDRA ESCUDERO PIÑA, titular de la cédula de identidad N° 16.592.582, BELKYS MERCEDES ESCUDERO RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad N° 16.111.546, ANA GABRIELA ESCUDERO RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad N° 16.111.581 y LISSETTE CAROLINA ESCUDERO YAJURE, titular de la cédula de identidad N° 18.278.405 respectivamente, UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del ciudadano OSCAR HIGINIO ESCUDERO SANCHEZ fallecido ab-intestato en fecha 31 de mayo de 2005 quien era titular de la cédula de identidad N° 3.707.250, sin perjuicio de terceros con i.....