DISPOSITIVA
Al revisar la presente Causa Penal se determina que el hecho ocurrió el día 21-05-2002, el mismo se encuentra tipificado en el artículo 17 de la Ley sobre la violencia contra la mujer y la familia, por lo que desde que ocurre el hecho hasta la presente fecha han transcurrido tres (03) años, siete (07) meses y dieciséis (16) días, siendo la pena prevista para el presente delito con prisión de 6 a 18 meses para la violencia física, resultando la pena a imponer en veintiún meses y veintitrés días de conformidad con la norma prevista en el articulo 37 del Código Penal, por lo que de conformidad con el articulo 108 ordinal 5 ° ejusdem, el tiempo que tendría el representante del Ministerio Publico para accionar seria de tres (03) años, evidenciándose de esta manera, que la acción penal se encuentra prescrita y por lo tanto extinguida de conformidad con el articulo 48 ordinal 8° del Código Orgánico Procesal Penal, razones por las cuales ésta Juez de Control N° 1 ADMINIST.....