En mérito a las anteriores consideraciones, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, administrado Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la presente demanda de Divorcio fundada en el artículo 185, numeral 2do y 3ro del Código Civil, presentada por el ciudadano JOHNNY ALEXIS MONTIEL, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 1.943.798, domiciliado en la calle 26 entre avenidas 5 y 6, del municipio Independencia, del estado Yaracuy, debidamente asistido por los abogados GUIOMAR OJEDA ALCALA Y DHYKSSON WILFREDO ASILDA, inscritos en el inpreabogado bajo los Nros. 90.554 y 148.001, respectivamente, en contra de la ciudadana AMALIA TRINIDAD FEO SAYAGO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 7.556.773, domiciliada en la calle 26 entre 5ta y 6ta avenida, Qu.....