Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA: HOMOLOGADA la transacción celebrada por los ciudadanos LUDYS COROMOTO GALEANO DE ARAUJO, RAIZA ALEXANDRA ARUAJO GALEANO, VANESSA JOSELIN ARAUJO GALEANO Y ELIOMAR PASTOR ARAUJOGALEANO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-7.550.360, 16.592.481, 17.156.111 y 18.301.680, respectivamente, parte demandada representados judicialmente por el Abg. Luis Eduardo Domínguez, inscrito en el Inpreabogado Nº 20.918, y la parte demandante ciudadano ALFRED VALENTIN ARAUJO OSORIO, asistido por la Abg. Marisela Hernández, inscrita en el Inpreabogado Nº 20.581, en los mismos términos expresados por las partes, en consecuencia, procédase como sentencia pasada en autoridad de co.....