este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el artículo 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS suficiente para asegurarle el derecho que le corresponde a los ciudadanos: YRMA JOSEFINA MUJICA DE SÁNCHEZ, ALEJANDRA JOSEFINA SÀNCHEZ MUJICA, CARLA PAULINA SÀNCHEZ MUJICA y CARLY CRISTELA SÀNCHEZ MUJICA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-7.557.358, V-15.769.782, V-19.712.852 y V-19.712.850 respectivamente, en su condición de esposa e hijos del causante CARLOS FEDERICO SÁNCHEZ RIVERO, quien en vida fue venezolano, mayor de edad, titulaba la cédula de identidad Nº V-3.708.648, el cual falleció ab-intestato el veinticinco (25) de mayo de 2021, según consta en certificado .....