DECISIÓN
En mérito de las anteriores consideraciones, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE AUMENTO DE LA OBLIGACIÓN ALIMENTARIA formulada por la ciudadana FRANCELIS LISBETH MONTES LÓPEZ, en beneficio de su hija identidad omitida, de diez (10) años de edad, y considera conveniente Aumentar la Obligación Alimentaria en la cantidad de SETENTA MIL BOLIVARES (Bs. 70.000,00) mensuales, es decir TREINTA Y CINCO MIL BOLIVARES (Bs. 35.000,00) quincenales, que el ciudadano LUIGI JESUS LÓPEZ PÉREZ, deberá pasar a su hija identidad omitida, la cual deberá ser depositada en una cuenta de ahorro del Banco de Fomento Regional de los Andes, (BANFOANDES), que se ordena aperturar a favor de la niña. Asimismo, en el mes de Septiembre de cada año, deberá pasar la cantidad extra de CIEN MIL BOLIVARES.....