Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: Designar CURADOR AD-HOC de las niñas (Identidad omitida, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA), , a la ciudadana MARIA VICENTA BARRENO ORTEGA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 7.914.755, de conformidad con el artículo 110 del Código Civil Venezolano, en virtud que la ciudadana FERNANDA MARIBET ARTEAGA BARRENO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 25.842.743, contraerá nupcias próximamente.