´DECRETA las presentes actuaciones TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de la ciudadana PEPPER ROA YILMAR MARÍA, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho, titular de la cédula de identidad Nº V- 11.564.237, y residía en la urbanización La Pradera, vereda K,casa N° 155, municipio Cocorote Estado Yaracuy, suficientes para asegurarle el derecho, que le corresponde a la ciudadana MARCANO PEPPER RHAYMAR DEL CARMEN, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho, titular de la cédula de identidad NºV-20.654.122, asistida la solicitanteantes mencionada e identificada,por la abogadaBONITO ROA MERLIN YOCEIDE, inscrita en el Inpreabogado con el N° 269.497. Quedan a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse a la solicitante, las presentes actuaciones que forman el expediente Nº 4.814-23 (de la nomenclatura interna llevada por este Tribunal), y déjese copias certificadas en el archivo del Tribunal´