Por las razones expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de DIVORCIO 185-A del Código Civil, presentada por los ciudadanos GABRIEL IDELMARO SANCHEZ SAAVEDRA E YRIANA JOSEFINA ALCINA ATALIDO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 12.936.075 Y 12.277.262 respectivamente, domiciliados en la urbanización prados del norte, calle 8, casa n° 8-14 el primero y la segunda en la urbanización San José, calle 7 casa Nº 78-66 del Municipio la Independencia del estado Yaracuy, debidamente asistidos por los abogados en ejercicio GLORIA EVELINA GIMENEZ GONZALEZ Y ANGEL RAMON NEPTALI GALLARDO VITERY, inscritos en el INPREABOGADO bajo los Nº 119.215 y 118.301, respectivamente. En consecuencia, con r.....