este Tribunal Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA a los ciudadanos NORMA NAMARI RODRIGUEZ DE JIMENEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 8.512.214, JUAN ALBERTO JIMENEZ ALTUVE, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 12.280.181, DELIO ALEXANDER JIMENEZ ALTUVE, venezolano mayor de edad y titular de la cedule de identidad Nº 13.618.245, JOSE SALVADOR JIMENEZ ALTUVE, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 13.618.244 y la adolescente (IDENTIDAD OMITIDA SEGUN ARTICULO 65 DE LOPNNA), venezolana, de 14 años de edad y titular de la cedula de identidad Nº 26.699.807 respectivamente, como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante SALVADOR JIMENEZ JIMENEZ, quien en vida era fuera, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 4.123.....