Por todos los razonamientos antes expuestos y en mérito de las anteriores consideraciones, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley AUTORIZA AMPLIA Y SUFICIENTEMENTE PARA TRAMITAR PASAPORTE VENEZOLANO Y PRORROGA del niño IDENTIDAD OMITIDA, de once (11) años, nacido el día 06/11/2008; a la ciudadana JENNY DALILA VELASQUEZ CERNY, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-11.264.178, domiciliada en la Carrera 7, Calle 2, Sector Tierra Amarilla, Yaritagua Municipio Peña del estado Yaracuy, en su condición de abuela materna del niño de autos, quien le garantiza sus derechos en virtud que se encuentra facultada a través de la sentencia de Colocación Familiar Provisional de fecha 26/7/2019, emanada del Tribunal Primero de P.....