PRIMERO: INADMISIBLE LA PRESENTE DEMANDA DE DESALOJO DE INMUEBLE y/o HONORARIOS PROFESIONALES, intentada por el ciudadano JOSÉ LUÍS FARRAUTO ANTONUCCI, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 8.515.288, actuando en nombre y representación del ciudadano SALVATORE PENZILLO MORREALE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 7.592.293, según poder autenticado ante la Notaria Publica de San Felipe, Estado Yaracuy, en fecha 21 de febrero del año 1997, inserto bajo el Nº 64, Tomo 17 de los Libros de Autenticaciones, posteriormente inscrito en el Registro Inmobiliario del Primer Circuito de los Municipios San Felipe, Independencia, Cocorote y Veroes del Estado Yaracuy, en fecha 20 de marzo del año 2007, bajo el numero 32, Protocolo Tercero, Tomo Único, Primer Trimestre, debidamente asistido por la abogada en ejercicio LILA CRISTINA QUERO DE PÉREZ, Inpreabogado Nº 33.119 contra la Sociedad de Comercio "TIENDA LA ZONA FRANCA DEL CALZADO C.A.", RIF .....