DECLARA: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en la demanda por COBRO DE BOLÍVARES POR INTIMACIÓN, descrita y sustentada en el escrito de solicitud inserto al folio (1 y 2), y sus respectivos anexos que corre inserto a los folios (3, 4, 6, 7, 8 y 9), así como a los folios (10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17 y 18 con sus respectivos Vlts.), solicitado por la ciudadano ROY DAVID MOGOLLÓN TORRELLAS, Venezolano, mayor de edad, casado, comerciante, titular de la Cédula de Identidad Nro.V-7.577.087.
Por la naturaleza del presente fallo, no hay condenatoria en costas procesales
Archívese el expediente en su oportunidad legal.