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DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIÓN CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO YARACUY, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN presentada por la Fiscalía Auxiliar 8va. del Ministerio Público, en contra del ciudadano JOSÉ RAFAEL MANZABEL, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nº 17.254.995, de 23 años de edad, nacido en San Felipe, Estado Yaracuy, en fecha 14-08-82, residenciado en la calle principal, casa 78-16, barrio Las Madres, San Felipe, Estado Yaracuy, de oficio obrero, de estado civil soltero y sus padres son Nancy Mercedes Manzabel y Freddy Díaz; por la presunta comisión del delito de LESIONES INTENCIONES GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 415 del Código Penal venezolano vigente, en concordancia con la agravante contenida en el artículo 77 or.....