DECISIÓN
Por todo lo anteriormente planteado, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA, COCOROTE Y VEROES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, IMPARTE SU APROBACIÓN y HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DE LA ACCIÓN, presentada por la parte actora, abogado CARLOS J. CASTILLO BRANDT, inscrito en el Inpreabogado con el número 19.170, actuando como apoderado judicial del ciudadano ROY DAVID MOGOLLON TORRELLAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-7.577.087, en su carácter de presidente y Representante Legal de REFRIYAR C.A., en el procedimiento por COBRO DE BOLIVARES POR INTIMACIÓN, en contra del ciudadano SERGIO RAMÓN VALDERRAMA SIERRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-14.709.276, conforme a lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, en consecuencia, se declara ter.....