Este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a favor de los ciudadanos FLOR DE MARIA PALENCIA DE REA (viuda), venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 7.551.182, YARIMA JOSEFINA REA PALENCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 14.919.015 y VILLEL RAMON REA PALENCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 13.797.439 de este domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre una bienhechuria que los solicitantes dicen poseer sobre un lote de terreno propiedad del INTI, ubicado en la Calle 3 entre Avenidas 7 y Urbanización Zazarivacoa, Comunidad la Libertad de la Ciudad de Chivacoa del Municipio Bruzual del Esta.....