DECLARA,
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de NULIDAD DE CONTRATO DE COMPRA VENTA, interpuesta por la ciudadana MARIA YOLANDA REINA contra los ciudadanos MARIO JOSÉ PARRA VIEZ, MARIOLI YASMIN PARRA PIÑA y ROSANGELA MARIA PARRA ALMEIDA, todos plenamente identificados en la parte narrativa de este fallo.
SEGUNDO: SE DECLARA LA NULIDAD ABSOLUTA DEL ASIENTO REGISTRAL protocolizado por ante el Registro Público de los Municipios San Felipe, Independencia, Cocorote y Veroes del estado Yaracuy, de fecha 16 de abril del año 2012, quedando inscrito bajo el Nº 2012.350, asiento registral 1 del inmueble matriculado con el Nº 462.20.4.1.1795, correspondiente al libro de folio real del año 2012.
TERCERO: UNA VEZ QUEDE FIRME LA PRESENTE SENTENCIA, ofíciese al Registro Público de los Municipios San Felipe, Independencia, Cocorote y Veroes del estado Yaracuy, a los fines de que estampe la respectiva nota marginal en el documento señalado en el ordinal segundo de la presente dispositiva y remít.....