este Tribunal actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y conforme a la Resolución Nº 2.009-0006 de fecha 18 de Marzo del 2.009 de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor del ciudadano: MOISES RODRIGUEZ RAMIREZ, titular de la cédula de identidad N° V-2.572.390, sobre unas bienhechurías en un lote de terreno de propiedad Municipal, que mide DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y CUATRO CENTIMETROS CUADRADOS (256,44 M2), ubicado en la Carrera 09-A, entre Vía Payare y Calle 02, Barrio Nuevo, Sabana de Parra, Jurisdicción del Municipio José Antonio Páez, Estado Yaracuy; cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Carrera 09-A; SUR: Parcela y vivienda Sra. Trinidad Sandoval; ESTE: Parcela del Sr. Moises Rodríguez; y OESTE: Parcela y casa del Sr. Lucidio Es.....