Por las razones expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de DIVORCIO fundamentado en el articulo 185-A del Código Civil, presentada por los ciudadanos JEANETH CAROLINA CASTILLO LOPEZ y ADRIAN JOSE GALLARDO RAMOS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédula de identidad Nº 12.425.495 y 10.857.608 respectivamente, de este domicilio, debidamente asistidos por el abogado RAFAEL ENRIQUE GARCIA ANGULO, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 90.863. En consecuencia, con respecto a las adolescentes de autos, este Tribunal establece: PRIMERO: La Patria Potestad y la Responsabilidad de Crianza será ejercida conjuntamente por ambos padres y la custodia será ejercida por la madre. SEGUNDO: En cuanto a la Obligación de m.....