este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas Y Adolescentes, ACUERDA la Colocación Familiar Provisional de los niños (Identidad omitida, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA),, respectivamente, nacidos en fechas 12/08/2014 y 18/06/2016, actualmente de 11 y 10 años de edad, bajo la responsabilidad de crianza de la ciudadana LESBIA MARGARITA COLMENAREZ DE MONTES, titular de la cedula de identidad Nro. V- 7.553.414, hasta tanto se decida la presente causa. En consecuencia, los niños de autos deberán permanecer en el hogar de la prenombrada ciudadana, quien tendrá su representación legal. Todo de conformidad con lo establecido en los artículos 126 literal "i", 128, 396 y 466 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente.