DECISIÓN
Por todos, los razonamientos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO NIRGUA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por la autoridad que le confiere la ley, DECLARA: PRIMERO: INADMISIBLE la demanda presentada por el ciudadano JESÚS RAUL FONT FONSECA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-15.424.297, asistido por el abogado JORGE AGNAM INFANTE ZAMAR, titular de la cédula de identidad N° V-25.456.370, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 318.483, por haber incurrido la parte accionante en una inepta acumulación de pretensiones.
Publíquese, regístrese, incluso en la página web oficial del Tribunal Suprema de Justicia www.tsj.gob.ve, según resolución 001-2022, emanada del Tribunal Supremo de Justicia, Sala de Casación Civil, de fecha 16 de junio de 2022 y déjese copia.
Dada, firmada y sellada e.....