Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la presente causa, relativa al procedimiento de TITULO DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, interpuesta por la ciudadana Ana Lisbeth Rodríguez Hernández, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 20.100.711 actuando en representación de su hijo el niño IDENTIDAD OMITIDA, venezolano, menor de edad, y IDENTIDAD OMITIDA, venezolano, menor de edad y representado por su madre la ciudadana Lolimar Perozo, asistidos por la abogada Graciela Palma de Riera, inopreabogado N° 109.779 y así se decide.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada. Se acuerda la devolución de los documentos originales a las partes. San Felipe a los tres (3) días del mes de Marzo de 2016. Año 205º y 157º.
La Jueza,
Abg. ANA MATILDE LOPEZ MERCADO.
La Secretaria,
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