DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: SE ABSTIENE DE IMPARTIR HOMOLOGACIÓN A LA TRANSACCIÓN celebrada en fecha 12 de abril del año 2012, por el ciudadano MIGUEL ADOLFO ANZOLA CRESPO, Abogado en ejercicio, inscrito en el instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 31.267, apoderado judicial de BANESCO, BANCO UNIVERSAL, C.A." y la ciudadana ANA MAGUIN OROPEZA MENDOZA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cedula de identidad Nº V- 10.860.660, actuando en su propio nombre y en representación de la empresa "DISTRIBUIDORA MAGUIN, C.A," domiciliada en Yaritagua, Estado Yaracuy, constituida según documento inscrito en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en fecha 16 de marzo de 2006, bajo el .....